Calculan que hay 8.000 motoqueros en la Ciudad. Rige desde el 16 de junio y establece que deben circular con cascos, chalecos reflectivos y las luces encendidas las 24 horas: los empleadores tienen que anotarse y declarar la cantidad de trabajadores que tienen.
Dicen que la tercera es la vencida. Y si se trata de regular los problemas con las motos de reparto en las calles, sería bueno que esta vez se cumpla. Luego de dos leyes anteriores de 2005 y 2009, que quedaron en la nada, la Legislatura porteña aprobó una nueva norma para crear un registro para el delivery en motos. Fue publicada en el Boletín Oficial a fin del mes pasado y ya entró en vigencia.
La ley 5.526 rige tanto para la entrega de alimentos como para los servicios de mensajería. Y crea un Registro Unico (llamado Rutramyc) bajo la supervisión de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte porteña, donde deberán anotarse todos los comercios que tengan entregas a domicilio, empresas de mensajería y los propios motoqueros. Se estima que en la Ciudad hay unos 8.000.
En Capital, el delivery en moto opera hasta ahora sin un marco legal que lo regule, a pesar de los dos intentos anteriores. La situación preocupa porque en los últimos años, de la mano del crecimiento del parque de motos en general, los motociclistas se convirtieron en las principales víctimas de los accidentes de tránsito. Además, muchos circulan sin casco, sin documentación, cometen infracciones y están empleados en negro, lo que los deja sin protección en caso de accidentes o problemas de salud. Tanto en 2005 como en 2009 la Legislatura votó dos leyes que, con distintos matices, impulsaban la inscripción de los motociclistas en un registro, su blanqueo y la implementación de normas de seguridad vial. Pero nunca se pusieron en práctica.
La nueva ley modifica el Código de Tránsito y reemplaza a las anteriores. Y establece que una vez inscriptos en el registro, los motociclistas recibirán un permiso que deberá ser renovado de forma anual. Cuando se trata de comercios o empresas también deben anotarse y declarar qué cantidad de empleados tienen y registrarlos, con lo que se lograría un blanqueo del sector.
Respecto de las motos se establece una serie de controles: no pueden tener una antigüedad mayor a 10 años, deben poseer los seguros al día, pagar Patentes, cumplir con la VTV y todas las normas básicas de seguridad vial. Además tienen que circular con las luces encendidas durante las 24 horas.
Para los motociclistas, dispone la implementación de cursos de capacitación y seguridad vial, la utilización obligatoria del casco y chalecos con bandas reflectivas, al igual que para los bolsos o cajas donde transporten sus mensajes o mercaderías. También tendrán que tener visible el nombre de la empresa o comercio, con domicilio, teléfono y número de habilitación.
Por seguridad, la ley además prohíbe el uso de patines o patinetas, y también que vayan acompañantes en las motos.
El proyecto fue votado por unanimidad (54 votos) el 5 de mayo y entró en vigencia a fin de mes, tras su publiación en el Boletín Oficial del 16 de junio. Ahora falta que el Gobierno porteño reglamente la norma, sobre lo cual se está trabajando.
Para los conductores, fija además una edad mínima de 18 años para los que trabajen en motos y de hasta 16 años para los que usen ciclomotores. Pese a que se trata de menores, para los expertos en seguridad vial esto se ajusta a las normas. Fabián Pons, del Obsevatorio de Vialidad Latinoamericano, aseguró que “las edades están acordes a la ley, las exigencias son lógicas. Pero sería importante que se expresara el contenido de los cursos de capacitación vial que planean realizar”.
La norma fue consensuada durante más de un año con el sector gastronómico, el Ejecutivo porteño y también tiene apoyo del gremio. “Las leyes anteriores tenían problemas de aplicación, con esta damos un paso hacia el orden y el control de la actividad. Queremos que no circule ninguna moto que no esté en el registro. Esto combate la precarización laboral y ayuda en la seguridad vial, al margen de que nosostros ya implementamos cursos de formación propios”, dijo Maximiliano Arranz, secretario adjunto de la Asociación Sindical de Motociclistas y Mensajeros (ASIMM), que tiene 4.500 afiliados.
Para el legislador Daniel Presti (PRO), impulsor del proyecto, el principal objetivo es “lograr transparencia y protección para los usuarios del servicio, además de brindar seguridad a los trabajadores y generar puestos de trabajo en blanco. Trabajamos más de un año en este proyecto y logramos amplios consensos”. Cristina García de Aurteneche, de la Comisión de Tránsito de la Legislatura agregó: “La ley establece la capacitación de los conductores, una cuestión esencial para que puedan actuar correctamente y cuidar su vida y la de los demás”.
En casos de vencimiento de la habilitación o de la VTV, la norma dispone que se podrán aplicar apercibimientos, con suspensiones para trabajar durante 60 días, y si la infracción persiste, se podrá inhabilitar al conductor en forma indefinida hasta que regularice su situación. Además si se comprueba que cometieron faltas graves como circular con acompañantes, con motos no registradas o sin los papeles, se podrá dar de baja la habilitación.
FUENTE | http://www.clarin.com/