Un juzgado donostiarra ha reconocido como consecuencia de un accidente de trabajo el período de dos meses que una conductora tuvo que permanecer de baja debido a las malas condiciones ergonómicas de la furgoneta que la empresa puso a su disposición, ha informado hoy el sindicato Comisiones Obreras (CCOO).
La resolución del Juzgado número 1 de lo Social de San Sebastián recuerda, según la citada central, que la operaria había sufrido distintos “episodios de cervicalgia” que le obligaron a permanecer de baja médica, debido a “las posturas forzadas” que debía adoptar “al conducir la furgoneta de la empresa, que no estaba dotada de retrovisor interior ni ventanas traseras”.
CCOO recuerda que el servicio de prevención de la compañía hizo un informe diciendo que era necesario abrir âventanas en todo el lateral y parte trasera del vehículo, instalar espejo retrovisor interno y sustituir el asiento de la furgoneta”, ya que carecía de amortiguación.
“Al derivarse de estas problemáticas la cervicalgia de la trabajadora -prosigue el texto-, ésta acudió a la mutua responsable de las contingencias profesionales, que se desentendió de ella y de su estado de salud en todo momento, aduciendo que no tenía que ver con las condiciones de trabajo, argumento ahora anulado por la sentencia”.
En el comunicado de CCOO, su responsable de salud laboral en Euskadi, Alfonso Ríos, critica ahora esta actitud de esta mutua que, según desvela, “es reincidente en derivar contingencias profesionales a la sanidad pública cuando su obligación sería hacerse cargo de ellas”.
Ríos exige además a las empresas que “lleven a cabo evaluaciones de riesgo ergonómico e implantación de medidas preventivas frente a dolencias de tipo musculoesquelético también en los medios de transporte de los que se haga uso en los centros de trabajo”.
Fuente: Noticias de Gipúzcoa