Contrariamente a la creencia empresaria de que la forma de reducir los altos niveles de litigiosidad y siniestralidad es aguardar de brazos cruzados un cambio en la legislación actual, sobran los ejemplos que demuestran claramente que, aplicando adecuadas prácticas ergonómicas con su debida capacitación, pueden reducirse considerablemente tales índices.
Albert Einstein decía con toda razón: “Si buscas resultados distintos no hagas siempre lo mismo”. Y en un contexto en el cual crecen el ausentismo y la litigiosidad en el ámbito laboral y, por ende, los altos costos laborales que ello implica, los empresarios, sin importar la envergadura de sus organizaciones -sean PyMES o multinacionales-, cuentan hoy más que nunca con los recursos adecuados y al alcance de la mano para revertir la tendencia. Está en ellos ver el problema y buscar la solución, o taparlo y seguir igual.
“El desconocimiento de los empresarios sobre la necesidad de contar con ámbitos laborales adecuados para sus trabajadores, se traduce cada vez más en elevados costos por ausentismo y una creciente litigiosidad”, advierte el presidente de la Fundación Argentina de Ergonomía (FADE) Sebastián Astorino en diagolo con Ergonoticias. Asimismo, el directivo advierte que “los empresarios sufren de falta de asesoramiento sobre Ergonomía, desconociendo las virtudes y beneficios de esta disciplina aplicada al trabajo”.
El desconocimiento de los empresarios sobre la necesidad de contar con ámbitos laborales adecuados para sus trabajadores, se traduce cada vez más en elevados costos por ausentismo y una creciente litigiosidad”
El desconocimiento y la falta de formación, grandes flagelos
Ante el descripto panorama de desinformación reinante, Astorino agrega: “Es por esto que a pesar de que en la Argentina existen límites legales para el peso máximo que un trabajador puede levantar manualmente, hoy el 90% de los casos en los que somos consultados el empresario ignora totalmente la existencia de los mismos”. Y es por ello que la FADE trabaja a diario por la concientización empresaria y por brindar solución a esta problemática.
Ahora, qué rol juegan en este contexto las aseguradoras de riesgos de trabajo? Para el especialista “pese a que éstas están informadas y al tanto de las implicancias legales del incumplimiento de sus clientes, prefieren un silencio de dudosa intencionalidad dejando a sus asegurados a merced de una industria del juicio millonaria, pero al mismo tiempo dejando al trabajador pagar con su calidad de vida”.
Al mismo tiempo, Astorino destaca: “Lo positivo es que cuando el empresario es adecuadamente asesorado, reconoce automáticamente que este es un problema real y que padece su empresa e identifica rápidamente las virtudes de implementar la ergonomía en su organización no solo para dar cumplimiento a las exigencias del marco legal sino por sus beneficios”.
Recordemos que el 24 de abril del 2015 ha entrado en vigencia la Resolución 886/15 con sus tres anexos, los cuales incluyen: en el Anexo I, a los Nuevos Protocolos de aplicación Obligatoria para la Identificación (Planilla 1) y la Clasificación (Planillas 2) del riesgo ergonómico en puestos y tareas; además se suman el Registro de recomendaciones de acción (Planilla 3) y el Seguimiento y Validación (Planilla 4), de las mejoras ergonómicas. En el Anexo II se encuentra el Diagrama de Flujo que por primera vez desde el 2003 (Res. 295/03 Anexo I), ordena los pasos a seguir para darle cumplimiento al Programa de Ergonomía Integrado. Finalmente el Anexo III, que también para sorpresa de muchos, demuestra que se aprendió de los errores pasados y se busca reducir en su mínima expresión la falta de unificación de criterios de profesionales e inspectores con mala o pobre formación y en algunos casos hasta con cierto nivel de negligencia, a través de un Instructivo.
Lo positivo es que cuando el empresario es adecuadamente asesorado, reconoce automáticamente que este es un problema real y que padece su empresa e identifica rápidamente las virtudes de implementar la ergonomía en su organización no solo para dar cumplimiento a las exigencias del marco legal sino por sus beneficios”
Un enorme desafío
La Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557 obliga a los empleadores, trabajadores y aseguradoras de Riesgos del Trabajo a adoptar las medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo y que a tal fin, deberán asumir compromisos para cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo.
Sumado a ello, el Anexo I de la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 295 de fecha 10 de noviembre de 2003, reconoce los trastornos músculo esqueléticos relacionados con el trabajo como un problema importante de salud laboral que puede gestionarse utilizando un programa de ergonomía integrado para la salud y la seguridad. Lo que debe tener considerarse, es que en su Artículo 1° se aprueba el “Protocolo de Ergonomía”, el cual será de aplicación obligatoria, para todos los empleadores, excepto aquellos cuyo protocolo de gestión de la ergonomía sea de similares características y siempre que incluya los distintos pasos de identificación de riesgos, evaluación de riesgos, definición de medidas para la corrección y prevención, y su implementación y seguimiento para cada puesto de trabajo.
Para el dirigente, “el panorama ha cambiado y de manera positiva, planteando un enorme desafío a todos los actores de este escenario, desde organismos de control, hasta aseguradoras de riesgo, incluyendo a los representantes de los trabajadores, los profesionales de la salud ocupacional y la seguridad e higiene hasta a los especialistas en ergonomía. Pero sobre todo, el desafío incluye al trabajador, ampliando sus derechos y reconociendo la falta de ergonomía y los trastornos musculo-esqueléticos como lo que son, uno de los riesgos laborales más dañinos y más costosos en todo el mundo”.
Beneficios de la Ergonomía
Como disciplina que se encarga del diseño de lugares de trabajo, herramientas y tareas, de modo que coincidan con las características fisiológicas, anatómicas, psicológicas y las capacidades del trabajador, entre sus principales beneficios, la Ergonomía permite la reducción de costos de producción, el incremento de la productividad y, a su vez, contribuye a la reducción de los índices de ausentismo, siniestralidad y litigiosidad en el ámbito laboral. Y Astorino enfatiza: “también previene riesgos laborales, disminuye molestias físicas al trabajador y mejora la comodidad en ambientes de trabajo, elevando su productividad”.
El rol de la FADE
La Fundación Argentina de Ergonomía, rápidamente consolidada a nivel nacional como referente permanente en la materia, persigue el objetivo de promover el desarrollo de la Ergonomía en el país y con una visión claramente federal, capacitando en la materia a profesionales a lo largo y ancho de nuestro territorio.
Agrupa a empresarios, profesionales, académicos, desarrolladores y especialistas en ergonomía aplicada a la industria y el trabajo con el fin de brindar soluciones a las necesidades de la comunidad que conforma la realidad del mundo laboral donde se requiera de la ergonomía.
En relación a la entidad que preside, Astorino comenta a Ergonoticias: “FADE está fuertemente comprometida con la formación específica de profesionales en el ámbito de la Ergonomía aplicada al trabajo. Dicta actualmente, junto con la Universidad Kennedy, la Diplomatura en Ergonomía Laboral I, con certificación de la Secretaria de Extensión Universitaria de dicha casa de estudios, que permite al profesional acceder a un mercado emergente, de creciente demanda, gracias a las nuevas exigencias del marco legal vigente en el país”.
FADE está fuertemente comprometida con la formación específica de profesionales en el ámbito de la Ergonomía aplicada al trabajo. Dicta actualmente, junto con la Universidad Kennedy, la Diplomatura en Ergonomía Laboral I, con certificación de la Secretaria de Extensión Universitaria de dicha casa de estudios, que permite al profesional acceder a un mercado emergente, de creciente demanda, gracias a las nuevas exigencias del marco legal vigente en el país”.
La FADE Propicia, realiza y organiza cursos, congresos, jornadas, seminarios y otros vinculados con la especialidad de ergonomía. Es órgano consultivo para los profesionales dedicados a la ergonomía laboral. Promueve actividades de investigación, enseñanza y divulgación de la especialidad, y la interacción con otras organizaciones profesionales de ergonomía laboral, tanto nacionales, provinciales e internacionales. Promueve la capacitación y actualización en las áreas de ergonomía laboral en sus diversas manifestaciones. Edita, publica y/o distribuye documentos impresos y electrónicos relacionados con la ergonomía laboral. Fomenta el desarrollo de herramientas y soluciones industriales para eliminar, mitigar, reducir el riesgo ergonómico en el ámbito laboral. También asesora a las empresas privadas, cámaras empresariales, parques industriales, nacionales, provinciales o locales en asuntos relacionados con el cumplimiento y aplicación de la ergonomía laboral.
Mantiene convenios vigentes con universidades nacionales y extranjeras, así como con institutos especializados, lo que le ha permitido ampliar significativamente la oferta de espacios de formación para la especialización y profundización en materia de ergonomía en los profesionales de todo el país. Se encuentra trabajando, mediante convenios con municipios, parques industriales y otras asociaciones afines, en la creación de un observatorio nacional de ergonomía que permitirá generar por primera vez datos estadísticos en la materia en nuestro país.
También ha firmado convenios para desarrollar el primer software de gestión de la ergonomía laboral y ha producido contenidos gráficos y audiovisuales, y se encuentra trabajando en la confección del primer registro de profesionales que acreditan conocimientos en ergonomía del país y en un sello de confianza para productos ergonómicamente recomendados.
FUENTE | https://ergonoticias.com